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sábado, 18 de diciembre de 2010

UNA REALIDAD MUY NECESARIA

Lo primero que quiero señalar es que todos los menores tienen derecho a la educación en un entorno seguro donde se les proporcione cariño y afecto que, como todos sabemos, son elementos fundamentales necesarios para el crecimiento integral de la persona.


Sin entrar en la cuestión de por qué estos menores se encuentran en situación de separación de sus familias, sí que debemos saber que el acogimiento no preadoptivo cumple la función que en otro caso ocuparía el centro institucionalizado.


Los centros institucionalizados son lugares atendidos por trabajadores profesionales y, como tales, están sujetos a  turnos, a moscosos , a vacaciones, a reparto de funciones, etc..., lo que les impide convertirse en unas verdaderas figuras de referencia similares a las figuras de padre y madre de una familia. Es importante no olvidar que estos menores deben conservar el nexo de unión con su familia biológica, siempre que sea posible, favoreciendo una futura reunificación familiar en las condiciones más favorables posibles.


Teoricaménte hablando, entendemos como "acogida" como aquella situación temporal y revocable, orientada a la protección de los menores que se encuentren privados (aunque sea circunstancialmente) de una adecuada atención familiar.


Aquí os dejo un fantástico video, que de manera muy general, ilustra esta experiencia :

 Padres de profesión


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